Art. Disposición transitoria única
Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria única

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En vigor desde 24 jul 2010
Los Planes Técnicos Forestales aprobados en el marco de la legislación forestal a la fecha de entrada en vigor de esta Ley se podrán incorporar en los correspondientes Planes de Gestión Integral de las dehesas.
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eli/es-an/l/2010/07/14/7#disposicion-transitoria-unica