Art. 19
Título TÍTULO II

Art. 19

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En vigor desde 24 jul 2010
El IFAPA promoverá la investigación específica de la dehesa, a través de unidades o centros en los que participen las universidades andaluzas, otras organizaciones privadas de investigación y las empresas y asociaciones del sector, y promoverá su articulación en el Sistema Andaluz del Conocimiento, previsto en la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
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