Título TÍTULO II
Art. 17
17 / 28En vigor desde 24 jul 2010
Dentro del IFAPA se establecerán líneas específicas dedicadas a la dehesa, en las que se incorporarán los materiales formativos y divulgativos, teleformación y asesoramiento en línea. A través de estas líneas se facilitará la formación y el asesoramiento a los servicios de asistencia técnica para las dehesas que se constituyan, siendo sus prioridades más inmediatas el desarrollo de materiales didácticos y la formación de técnicos y especialistas en buenas prácticas de gestión de las dehesas.
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Proeli/es-an/l/2010/07/14/7#art-17