Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final tercera

122 / 123
En vigor desde 17 ene 2010
Se faculta al Gobierno de La Rioja para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2009/12/22/7#disposicion-final-tercera