Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 1 ene 2024
1. Se reconoce a la Universitat Internacional Valenciana, como Universidad privada en la Comunitat Valenciana, para impartir las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en la modalidad predominantemente no presencial, configurándose como plataforma tecnológica y como consorcio virtual entre universidades. 2. La Universitat Internacional Valenciana - Valencian International University, SL, es la titular de la Universitat Internacional Valenciana que, por esta ley, adquiere personalidad jurídica propia. 3. La Universitat Internacional Valenciana se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en el Real decreto 557/1991, por la presente ley y el resto de normas que las desarrollen, y por sus normas de organización y funcionamiento, que reconocerán explícitamente que su actividad se fundamenta en el principio de libertad académica. 4. Sin perjuicio de su denominación oficial, la Universitat Internacional Valenciana podrá utilizar también las denominaciones Valencian International University (y su acrónimo VIU) y Universidad Internacional de Valencia. Se modifican los apartados 2 y 4 por el art. 98 de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666 Se modifican los apartados 2 y 4 por el art. único.1 y 2 de Ley 3/2022, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2022-13727

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Pro

eli/es-vc/l/2008/06/13/7#art-1