Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 44
44 / 72En vigor desde 11 may 2007
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ámbito de sus competencias, participará con las personas responsables de las empresas y agentes sociales en el fomento de medidas dirigidas a la prevención de la violencia de género en el ámbito laboral.
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Proeli/es-mc/l/2007/04/04/7#art-44