Art. 34
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 34

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En vigor desde 11 may 2007
Las administraciones públicas de la Región de Murcia, en su ámbito de competencias, promoverán y llevarán a cabo las acciones positivas necesarias para conseguir la plena igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en el ámbito de la cultura, el deporte y los medios de comunicación.
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