Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 29
29 / 72En vigor desde 11 may 2007
Las administraciones de la Región de Murcia fomentarán el asociacionismo y la difusión y participación femenina a través de las asociaciones y organizaciones en el ámbito de nuestra Región, e incentivarán a las asociaciones y organizaciones para que lleven a cabo acciones dirigidas a la consecución de los objetivos previstos en esta Ley.
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Proeli/es-mc/l/2007/04/04/7#art-29