Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 27
27 / 72En vigor desde 11 may 2007
Las administraciones públicas de la Región de Murcia promoverán las actuaciones oportunas dirigidas a conseguir una participación plena de las mujeres en todos los ámbitos de la vida política, social, económica y cultural.
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Proeli/es-mc/l/2007/04/04/7#art-27