Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 29
31 / 73En vigor desde 19 jun 2015
Corresponde al director o directora de la Agencia Tributaria de Cataluña concretar los aspectos de organización y funcionamiento de las actuaciones que realicen en sus respectivos ámbitos de actuación los miembros de los cuerpos tributarios de adscripción exclusiva a la Agencia.
Se añade por el de la Ley 9/2015, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2015-7397 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2007/07/17/7#art-29