Art. 19
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 19

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En vigor desde 24 jul 2007
1. La contratación de la Agencia Tributaria de Cataluña se rige por la normativa vigente en materia de contratos de las administraciones públicas. 2. El órgano de contratación de la Agencia es el director o directora.
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eli/es-ct/l/2007/07/17/7#art-19