Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final primera
127 / 130En vigor desde 13 may 2007
Las disposiciones de este Estatuto se dictan al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución, constituyendo aquellas bases del régimen estatutario de los funcionarios; al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución, por lo que se refiere a la legislación laboral, y al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución, bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/l/2007/04/12/7#disposicion-final-primera