Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 42
Derogado43 / 73En vigor desde 7 dic 2006
Al Presidente del IAE, que lo es asimismo del Consejo Rector, le corresponden las siguientes funciones:
a) Ostentar la representación del IAE en todas sus relaciones con entidades públicas y privadas.
b) Ordenar las convocatorias, fijar el orden del día y dirigir y presidir, con voto de calidad, las sesiones del Consejo Rector.
c) Adoptar las resoluciones precisas para ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Rector.
d) Suscribir los acuerdos o convenios de colaboración del IAE.
e) Adoptar acuerdos en materia patrimonial.
f) Actuar como órgano de contratación.
g) Ejercer las facultades de autorización de gastos del ejercicio, hasta la cuantía establecida para los Consejeros en las Leyes de Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
h) Resolver las reclamaciones previas a la vía civil y laboral.
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Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2006/11/03/7#art-42