Art. 12
Título TÍTULO III

Art. 12

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En vigor desde 23 jun 2006
El Servicio Cántabro de Salud facilitará información trimestral, a través de su página web, a la que podrá tener acceso la ciudadanía, sobre el número de pacientes que figuran en las listas de espera de atención especializada programada y no urgente. Dicha información estará igualmente disponible en las dependencias del Servicio Cántabro de Salud.
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eli/es-cb/l/2006/06/15/7#art-12