Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 57
57 / 85En vigor desde 10 jul 2005
a) Aprobar la planificación necesaria para el eficaz cumplimiento de los fines de las políticas transversales y la eficacia de las acciones públicas en los diferentes sectores de actuación.
b) Aprobar, mediante Decreto, la estructura orgánica del Instituto Riojano de la Juventud.
c) Nombrar, mediante Decreto, a la persona titular de la Dirección del Instituto Riojano de la Juventud.
d) La potestad reglamentaria en desarrollo de esta Ley.
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Proeli/es-ri/l/2005/06/30/7#art-57