Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección Primera. Estructura Orgánica de las Consejerías y Potestad de Organización
Art. 15
15 / 63En vigor desde 19 ene 2005
1. El Consejero es el órgano superior de la Consejería. Los órganos directivos están bajo su dependencia. Las secretarías autonómicas, en caso de existir, coordinarán la actuación de las direcciones generales cuyas competencias se integren en su ámbito material de actividad.
2. Los vicesecretarios dependen directamente de los secretarios generales. Los subdirectores generales y órganos asimilados dependen directamente de los directores generales o de los titulares de los órganos en que el decreto de órganos directivos prevea su existencia.
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Proeli/es-mc/l/2004/12/28/7#art-15