Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 1 dic 2004
El régimen de protección, uso y gestión del Parque Natural de Cornalvo será el establecido en la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de los Espacios Naturales de Extremadura, en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y en los demás instrumentos de planificación, gestión y normas que se desarrollen en aplicación de lo dispuesto en la citada Ley.
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eli/es-ex/l/2004/11/19/7#art-4