Art. 33
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 33

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En vigor desde 14 abr 2007
1. La Xunta de Galicia promocionará, a través de una convocatoria anual de ayudas adoptadas una vez oída a la Federación Gallega de Municipios y Provincias, la creación y el mantenimiento de planes municipales de igualdad y promoverá la creación de concejalías de la mujer. 2. El departamento de la Administración autonómica con competencias en materia de trabajo establecerá reglamentariamente líneas de ayuda para la contratación de personal especializado en el ámbito laboral destinado a asesorar en la elaboración de planes municipales de igualdad. Se enumera el texto como apartado 1 y se añade el apartado 2 por la disposición adicional 1.2.1 de la Ley 2/2007, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2007-10021 .

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eli/es-ga/l/2004/07/16/7#art-33