Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
167 / 168En vigor desde 19 feb 2004
Se autoriza al Consello de la Xunta para que apruebe los reglamentos que sean necesarios para la aplicación y el desarrollo de la presente ley.
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Proeli/es-ga/l/2003/12/09/7#disposicion-final-primera