Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Salud pública
Art. 82
82 / 168En vigor desde 19 feb 2004
La Administración sanitaria de Galicia, a través de los recursos y medios disponibles, y de los organismos competentes en cada caso, llevará a cabo las siguientes actuaciones en materia de salud pública:
1. La medición del nivel de salud de la población y la identificación de los problemas de salud.
2. La investigación de las causas o determinantes de los problemas de salud que afectan a la población a través del establecimiento de los registros y análisis de datos que, respetando la normativa en materia de protección de datos personales, permitan analizar y conocer las situaciones que tienen influencias sobre la salud.
3. El establecimiento de medidas de protección de la salud frente a riesgos ambientales, como los derivados de productos alimenticios, del uso de productos químicos, de agentes físicos, de la contaminación atmosférica, del uso de las zonas de baño, de la gestión y tratamiento de residuos y aguas residuales, de las aguas de consumo y de la policía sanitaria mortuoria.
4. El control y la prevención de las enfermedades transmisibles, a través de la vigilancia e intervenciones epidemiológicas frente a brotes epidémicos y situaciones de riesgo de estas enfermedades.
5. El establecimiento de medidas de promoción de hábitos de vida saludables, en especial los de carácter intersectorial.
6. La definición de actuaciones de prevención individualizada de enfermedades.
7. El fomento de la formación e investigación científica en materia de salud pública.
8. La farmacovigilancia y el control de las reacciones adversas a los medicamentos y el control sanitario de otros productos de utilización diagnóstica, terapéutica o auxiliar.
9. El control sanitario y la prevención de los riesgos para la salud derivados de las sustancias susceptibles de generar dependencia.
10. Cualquier otra ordenada a mejorar la salud de la población.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2003/12/09/7#art-82