Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 76
76 / 168En vigor desde 19 feb 2004
1. En el marco de los criterios generales de la planificación sanitaria, el Plan de salud de Galicia es el instrumento superior de planificación y dirección del sistema sanitario de Galicia, que condiciona todas las acciones orientadas a alcanzar el mejor estado de salud posible, de acuerdo con los principios que inspiran el sistema.
2. El Plan de salud determina los objetivos básicos de la política sanitaria, orientada a la mejora del nivel de salud y de bienestar de las personas. Además, acoge el conjunto de acciones dirigidas a la consecución ordenada de los fines propuestos, mediante prestaciones y cuidados asistenciales de calidad.
3. En sus contenidos y objetivos, el Plan de salud de Galicia contempla las políticas intersectoriales que tengan relación con los principales problemas de salud de la población de Galicia y sus factores determinantes.
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Proeli/es-ga/l/2003/12/09/7#art-76