Título TÍTULO I
Art. 3
3 / 38En vigor desde 3 may 2003
1. Serán destinatarios de las medidas de inserción sociolaboral previstas en la presente Ley las personas que, residiendo legalmente en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se encuentren en situación o grave riesgo de exclusión social y con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo.
2. La situación o grave riesgo de exclusión social de los destinatarios a los que se hace referencia en el apartado 1, vendrá determinada por la participación en un proceso individualizado de inserción sociolaboral y se acreditará por los Servicios Sociales del primer nivel.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/26/7#art-3