Art. 10
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Equipos de Incorporación Sociolaboral

Art. 10

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En vigor desde 3 may 2003
Con el fin de coordinar las distintas actuaciones que se lleven a cabo en el ámbito de esta Ley se constituirán equipos interdisciplinares destinados a promover la incorporación sociolaboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social.
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eli/es-ri/l/2003/03/26/7#art-10