Art. 1
Título TÍTULO I

Art. 1

1 / 38
En vigor desde 3 may 2003
1. La presente Ley tiene por objeto establecer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja un marco que propicie y fomente la inserción sociolaboral de personas en situación o grave riesgo de exclusión social. 2. En función de este objetivo, el contenido de esta norma se extiende a: a) Delimitar las situaciones que, en su caso, puedan determinar la adopción de las medidas previstas en la presente Ley. b) Estructurar un conjunto de medidas de intervención sociolaboral y establecer mecanismos que fomenten la inserción de las personas en situación o grave riesgo de exclusión. c) Diseñar los itinerarios de inserción sociolaboral y definir las medidas de acompañamiento que seguirán las personas en situación o grave riesgo de exclusión. d) Establecer un marco que propicie la creación, desarrollo y consolidación de Empresas de Inserción. e) Fomentar la colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas y las entidades que actúan en el ámbito de la inserción sociolaboral, con el fin de atender de forma ordenada y global las necesidades y optimizar los recursos existentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2003/03/26/7#art-1