Art. Disposición transitoria cuarta
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 28 may 2003
Los funcionarios del Cuerpo de Titulados Superiores, Salud Pública y Veterinarios de la Generalidad, vinculados al Departamento de Sanidad y Seguridad Social, que ejercen funciones de protección de la salud o funciones coincidentes o vinculadas con las finalidades u objetivos de la Agencia de Protección de la Salud quedan adscritos a dicha Agencia en las mismas condiciones que les son de aplicación en el momento de entrada en vigor de la presente Ley.
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