Título TÍTULO I
Art. 1
1 / 81En vigor desde 28 may 2003
La presente Ley tiene por objeto la ordenación de las actividades y servicios de protección de la salud, en el marco de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, para garantizar y hacer efectivo el máximo nivel de protección de la salud, de conformidad con el artículo 43 y concordantes de la Constitución española, de acuerdo con las competencias atribuidas a la Generalidad por los artículos 9.11 y 17 del Estatuto de autonomía de Cataluña.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2003/04/25/7#art-1