Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 10 may 2004
A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, la Reserva Nacional de Caza de Sierra Espuña pasará a denominarse Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña.
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