Art. 9
Título TÍTULO III

Art. 9

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En vigor desde 1 nov 2002
Corresponde a la Consejería con competencias en materia de ganadería, de conformidad con la normativa comunitaria y estatal, el desarrollo y puesta en funcionamiento de los distintos componentes de los SIRMA que se establezcan.
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eli/es-ri/l/2002/10/18/7#art-9