Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Las infracciones y las sanciones en materia de inspección
Art. Disposición transitoria sexta
250 / 255En vigor desde 20 ene 2003
Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada a la entrada en vigor de esta Ley a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas con arreglo al mismo régimen sin que les sea de aplicación lo dispuesto en los artículos 153 y 154 mientras no se produzca la plena adecuación del planeamiento general del municipio correspondiente a esta Ley.
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Proeli/es-an/l/2002/12/17/7#disposicion-transitoria-sexta