Art. 216
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Las infracciones y las sanciones en materia de ejecución

Art. 216

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En vigor desde 20 ene 2003
1. Se sancionará con multa de 600 euros a 60.000 euros el incumplimiento de las obligaciones y deberes para la ejecución del planeamiento derivados de los instrumentos de gestión y de ejecución correspondientes. 2. La cuantía de la multa se determinará en atención al valor de las obligaciones incumplidas.
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