Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición adicional quinta

32 / 38
En vigor desde 20 abr 2002
El Gobierno de Aragón impulsará el proceso de transferencias en el contexto de las Comisiones Mixtas creadas al efecto, a fin de que la Comarca del Matarraña/Matarranya pueda asumir la gestión del plan provincial de obras y servicios de la Diputación Provincial de Teruel en su ámbito territorial y en la cuantía económica porcentual correspondiente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2002/04/15/7#disposicion-adicional-quinta