Art. Disposición adicional decimoquinta
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional decimoquinta

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En vigor desde 1 ene 2024
La Consejería competente en materia de salud podrá establecer bancos de pruebas regulatorios que permitan la ejecución de proyectos piloto de I+D+I en el ámbito de la innovación en salud, en el marco previsto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Se añade por el .4 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1373

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eli/es-cb/l/2002/12/10/7#disposicion-adicional-decimoquinta