Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 13 jun 2001
A medida que la Agencia asuma sus funciones, se ha de subrogar en los contratos y los convenios, que afectan a las funciones que tiene atribuidas, formalizados por el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y los organismos que dependen del mismo.
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