Art. Disposición transitoria segunda
16 / 18En vigor desde 13 jun 2001
Mientras la Agencia no asuma el pleno ejercicio de las funciones que tiene atribuidas, estas funciones han de seguir siendo ejercidas por los órganos y los servicios correspondientes del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.
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Proeli/es-ct/l/2001/05/31/7#disposicion-transitoria-segunda