Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 14
15 / 58En vigor desde 9 ago 2001
1. La Secretaría General es el órgano de asistencia del Diputado del Común en materia de organización, administración y régimen interior.
2. Bajo la superior dirección del Diputado del Común, ejercerá las competencias que en tales materias se determinen por el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2001/07/31/7#art-14