Título TÍTULO V
Art. 30
30 / 43En vigor desde 25 dic 2000
Son órganos competentes para imponer las sanciones:
a) Para los actos calificados como faltas leves, la Comisión Local de Pastos.
b) Para los actos calificados como faltas graves, la Comisión Provincial de Pastos.
c) Para los actos calificados como faltas muy graves, el Delegado provincial con competencias en materia de agricultura y ganadería.
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Proeli/es-cm/l/2000/11/23/7#art-30