Título TÍTULO III
Art. 11
11 / 18En vigor desde 12 jul 2000
Para evitar la dispersión de ayudas y racionalizar la correcta utilización de los recursos públicos, podrán establecerse acuerdos de colaboración entre las distintas Consejerías con competencias concurrentes, en los que se especifique, en relación con un espacio de rehabilitación, la actuación y los medios económicos que ha de aportar cada una.
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Proeli/es-md/l/2000/06/19/7#art-11