Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Municipios en régimen de concejo abierto
Art. 56
Derogado57 / 281En vigor desde 17 jul 1999
La falta de funcionamiento de la Asamblea Vecinal por plazo superior a seis meses y la carencia de candidatos a la Alcaldía dará lugar a la incoación de expediente para la fusión o incorporación a otro limítrofe.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1999/04/09/7#art-56