Art. 54
Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 1.ª Municipios en régimen de concejo abierto

Art. 54

Derogado55 / 281
En vigor desde 17 jul 1999
Los acuerdos de la Asamblea Vecinal se adoptarán por mayoría simple, salvo cuando se exija un quórum especial por la legislación básica de régimen local.
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eli/es-ar/l/1999/04/09/7#art-54