Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 42
44 / 89En vigor desde 26 nov 1999
Corresponde al pleno de la corporación la regulación del aprovechamiento de los bienes comunales en los términos que prevén esta ley y la legislación sectorial aplicable.
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Proeli/es-an/l/1999/09/29/7#art-42