Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Disposición final segunda
28 / 28En vigor desde 13 may 1998
La presente Ley se publicará conforme al artículo 21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y entrará en vigor el día siguiente al de su última publicación.
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Proeli/es-ri/l/1998/05/06/7#disposicion-final-segunda