Art. 11
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 11

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En vigor desde 25 jun 1998
Se crea el Consejo de Artesanía de Cantabria como órgano colegiado de representación de las distintas entidades y organismos, así como de los propios artesanos y de sus organizaciones profesionales. Igualmente, el Consejo asesorará a la Administración Regional y estará adscrito a la Consejería de Turismo, Trabajo y Comunicaciones e Industria.
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eli/es-cb/l/1998/06/05/7#art-11