Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

16 / 18
En vigor desde 6 ene 1995
La Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes adaptará su estructura orgánica a la situación resultante de la creación del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1994/12/29/7#disposicion-adicional-tercera