Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

55 / 55
En vigor desde 5 nov 1992
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1992/07/24/7#disposicion-final-cuarta