Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 31
31 / 69En vigor desde 9 may 1991
El procedimiento sancionador será el establecido en los artículos 133 a 137 de la Ley de 17 de julio de 1958, de Procedimiento Administrativo, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.
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Proeli/es-as/l/1991/04/05/7#art-31