Art. 8
Título TÍTULO II

Art. 8

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En vigor desde 1 ene 1997
(Derogado). Se deroga por la disposición derogatoria 1.c) de la Ley 10/1996, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-5354 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/1990/12/29/7#art-8