Art. Disposición adicional sexta
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional sexta

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En vigor desde 11 jul 1990
Se autoriza al Consejo de Gobierno a actualizar la cuantía de las multas de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
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eli/es-md/l/1990/06/28/7#disposicion-adicional-sexta