Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO IX

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 23 abr 1985
El personal de las Policías Municipales y de los Cuerpos de Bomberos gozará de un Estatuto específico, aprobado reglamentariamente, teniendo en cuenta respecto de los primeros la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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eli/es/l/1985/04/02/7#disposicion-final-tercera