Art. 84 ter
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 84 ter

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En vigor desde 6 mar 2011
Cuando el ejercicio de actividades no precise autorización habilitante y previa, las Entidades locales deberán establecer y planificar los procedimientos de comunicación necesarios, así como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio de la misma por los interesados previstos en la legislación sectorial. Se añade por el .2 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2011-4117 .

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Pro

eli/es/l/1985/04/02/7#art-84-ter