Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 15
15 / 26En vigor desde 2 sept 1982
La planificación, dirección, control, inspección y ejecución, en su caso, corresponden al Departamento de Sanidad y Seguridad Social, sin perjuicio de que la inspección de dichas actividades se lleve a cabo por los organismos administrativos que, por razón de la materia, las tengan atribuidas.
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Proeli/es-pv/l/1982/06/30/7#art-15